Un juzgado de lo contencioso administrativo de Barcelona ha dado luz verde a la eutanasia reclamada por un hombre de 54 años. El padre del paciente recurrió a la justicia la decisión de su hijo de que se le aplicara la eutanasia, que ya fue autorizada por el organismo encargado de ello, la comisión de garantía y evaluación de Cataluña.
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El padre alegó que su hijo tiene problemas de salud mental y que en consecuencia «no estaría en condiciones de tomar una decisión» como la de que le dejen morir. Un argumento que la justicia ha rechazado. «El derecho fundamental que está en juego es el derecho a la vida», argumentó el padre en la demanda. A su juicio, el Estado debe proteger la vida de las personas, «especialmente las más vulnerables», adujo, en relación a su hijo. Y que el «Estado tiene el deber de proteger la vida incluso contra la voluntad de su titular». La magistrada del juzgado rechaza estos argumentos, según el auto dado a conocer este viernes por el TSJC.
El paciente, de 54 años, ha sufrido ictus e infartos en los últimos años. Solicitó la eutanasia y que nadie de su familia tuviera conocimiento de su intención de poner fin a su vida. Vive solo, según el auto judicial, y padre e hijo no tienen una buena relación. Es padre de un hijo menor, con el que no ha tenido nunca ninguna relación.
El comité de garantías (el organismo de la Generalitat con médicos y juristas que evalúa las peticiones de eutanasia) dio el visto bueno el pasado mes de julio. Sufrió tres ictus y dos infartos entre 2020 y 2022, lo que le afectó a su movilidad y al habla. Solicitó a su médico que iniciara el proceso para una muerte asistida. Tiene miedo al sufrimiento y a tener más discapacidad de la que padece actualmente. Tras recibir el aval oficial, su padre recurrió la decisión a un juzgado de lo contencioso. Alegó problemas mentales e incapacidad para tomar decisiones, extremos descartados por los médicos y por la magistrada del juzgado, que ordena que la eutanasia siga adelante. El padre, en cualquier caso, aún puede recurrir al TSJC.
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