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Ayuda de 1.200 euros por nacimiento en este pueblo de Salamanca

Ayuda de 1.200 euros por nacimiento en este pueblo de Salamanca

El ayuntamiento de Espino de la Orbada aprueba una ayuda económica de 100 euros al mes

Juanjo González

Salamanca

Domingo, 21 de enero 2024, 18:42

Varios ayuntamientos de Salamanca, incluido el de la capital, en su afán por fomentar el asentamiento de población en sus municipios, mantienen o aprueban con el paso de los años diferentes ayudas para el fomento de la natalidad.

El Ayuntamiento de Salamanca, por ejemplo, cuenta ... con una convocatoria permanente -los progenitores cuentan con seis meses para solicitarlo- de 900 euros, que pueden llegar incluso a los 1.500 por niveles de renta de los solicitantes. La Junta de Castilla y León, por su parte, cuenta con ayudas de entre 500 y 2.500 euros en función de hijos y niveles de renta.

Recientemente destaca la cuantía aprobada por la localidad de Espino de la Orbada, municipio integrado dentro de la comarca de La Armuña, que al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo provisional del Ayuntamiento de fecha 15 de noviembre de 2023, sobre aprobación de la Ordenanza reguladora de las subvenciones para el fomento de natalidad y el empadronamiento en el municipio de Espino de la Orbada «cheque bebé».

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Así, se concederá una ayuda económica de cien euros al mes (1.200 por el año completo) durante un año a las familias de Espino de la Orbada en las que se haya producido un nacimiento o adopción. El pago se realizará a trimestre vencido, realizando el primer al pago a los seis meses.

En los requisitos destaca que deben estar empadronados los padres biológicos o familias monoparentales se encuentren empadronados en el municipio de Espino de la Orbada, con doce meses de antelación ininterrumpido, como mínimo, al hecho que motiva la petición de ayuda. En el caso de que los padres estén separados, lo que deberán acreditar con copia de sentencia de separación, tendrá que estar como mínimo uno de ellos empadronado tres meses de antelación ininterrumpido, como mínimo, al hecho que motiva la petición de ayuda. Y deberán estar empadronados, el recién nacido o adoptado, y al menos uno de los padres, como mínimo un periodo de doce meses a, partir de su nacimiento o adopción.

La solicitud deberá ser presentada dentro de los 12 meses siguientes al nacimiento o adopción. Y, además, el beneficiario deberá estar al corriente del cumplimento de todas las obligaciones de naturaleza económica con el Ayuntamiento de Espino de la Orbada.

En Monterrubio de Armuña

En la localidad de Monterrubio de Armuña también se ha aprobado recientemente la concesión de ayudas económicas por nacimiento o adopción, el conocido como cheque-bebé. Allí la cuantía es mucho menor porque por el nacimiento o adopción de un menor que haya tenido lugar

entre el 1 de enero de 2023 y el 30 de noviembre de 2023, ambos inclusive, la cuantía económica a recibir es de 150 € por niño.

En La Alberca también se amplió recientemente esta ayuda, de 1.000 euros por nacimiento siempre que el bebé y los progenitores estuvieran empadronados en el municipio salmantino; sin embargo, ahora se amplían porque en el caso de que solo uno de los progenitores esté empadronado ya se recibirán 750 euros.

Las de 2024 en la capital

El BOP de la provincia ha publicado esta semana la convocatoria para la concesión de ayudas por nacimiento o adopción año 2024. Todos los miembros de la unidad familiar a la que pertenecen los solicitantes deberán estar empadronados en la ciudad de Salamanca, con una antigüedad mínima ininterrumpida de 1 año anterior a la fecha del nacimiento o adopción, y asumir el compromiso de permanecer empadronados en la ciudad de Salamanca durante los tres años siguientes a la presentación de la solicitud, salvo causa justificada.

El importe global de las ayudas tiene un importe máximo de 450.000 euros en total. La cuantía de la ayuda por nacimiento o adopción será con carácter general, única de 900 €, por cada hijo/a nacido/a o adoptado/a. En las situaciones, en las que el nivel de renta familiar no superen el 50% del límite del nivel de renta previsto en los baremos establecidos en la Base Tercera, la cuantía de la ayuda será única de 1.500 € por cada hijo/a nacido/a o adoptado/a, no pudiendo ésta ser, en ningún caso, acumulativa con la ayuda general.

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