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Los esfuerzos por repoblar los pueblos de Salamanca se vuelven a poner una vez más de manifiesto con la iniciativa de un pequeño pueblo salmantino. Se trata de San Muñoz, que cuenta según el último padrón oficial de habitantes del INE con 211 vecinos, y que ha aprovechado el programa Rehabitare de la Junta de Castilla y León para rehabilitar una vivienda de su propiedad y así poder destinarla a alquiler social a un precio muy bajo.
La vivienda está ubicada en plena Plaza Mayor del pueblo, en concreto en el número 7 y el precio podrá oscilar como máximo entre los 100 y los 144 euros: al tener 72 metros útiles la vivienda y como se fija como renta mensual la cantidad de 2 € por m2, el precio máximo será de 144 €/mes.
Las solicitantes tendrán que cumplir con varias condiciones como estar inscrito en el Registro Público de demandantes de viviendas de protección pública de Castilla y León, estar empadronado en el municipio de San Muñoz en la fecha de solicitud, ser mayor de 18 años, siendo la unidad máxima de convivencia de 6 personas, ser joven menor de 35 años, que todos sus miembros se encuentren en situación de desempleo o afectados por expediente de regulación de empleo, tener una renta mínima por unidad familiar del IPREM del 2024 (IPREM=8.400 € anuales) o, entre otras, no ser titular del pleno dominio o de un derecho real de uso o de disfrute sobre otra vivienda.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles desde la publicación en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de San Muñoz. Las solicitudes se formalizarán en el modelo facilitado al efecto por el Ayuntamiento y que se entregarán en la Secretaría del mismo, Plaza Mayor, 1, los lunes, miércoles y viernes de 10:30 a 12:30 horas y los martes y jueves de 12:30 a 14:00 horas.
La fianza a depositar será la equivalente a tres mensualidades de la renta para responder de los daños que puedan causarse a la vivienda o muebles existentes en la misma. La indicada fianza será devuelta a la finalización del uso, descontando el valor de los daños o roturas causados en la vivienda.
La persona arrendataria estará obligada a ocupar la vivienda y a destinarla a su residencia habitual y permanente, no pudiendo mantenerla habitualmente desocupada o dedicarla a segunda residencia o a otros usos no autorizados.
Serán de cuenta de los arrendatarios todos los gastos de consumos de servicios con los que cuente la vivienda arrendada tales como energía eléctrica, abastecimiento de agua, basura, teléfono, gas, y en general, todos los susceptibles de ser individualizados en relación con la vivienda. Cualquier daño, rotura, etc., será reparado o repuesto por cada usuario.
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