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La Audiencia Provincial de Salamanca ha absuelto a un preso del delito contra la salud pública en su modalidad de tráfico de drogas tras serle interceptado un sobre con heroína. Los hechos se remontan al 16 de mayo de 2022 cuando recibió en el Centro ... penitenciario de Topas donde estaba interno, de una persona de que no ha podido ser identificada ni localizada, un sobre que, al ser registrado, los funcionarios descubrieron que contenía las siguientes sustancias: un papel con un peso de 1.08 gramos impregnado en una sustancia que, tras el análisis oportuno, resultó ser de restos de heroína; y por otro lado, contenía también una sustancia que, tras el análisis oportuno, resultó ser 0.65 gramos de heroína. Además, tal y como recoge la sentencia, «no consta probado que el acusado intentara introducir la sustancia en el centro penitenciario para su posteriordistribución o comercialización, no llegando a entrar en el circuito de distribución».
El Ministerio Fiscal solicitaba la pena de 4 años de prisión con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; y multa de 100 euros con la responsabilidad personal subsidiaria de 2 días de privación de libertad en caso de impago, y costas. Así como el comiso de la sustancia intervenida.
En Sentencia del Tribunal Supremo se extrae que «no podemos afirmar que la detentación de una determinada cantidad de sustancia tóxica, evidencia, sin más su destino al tráfico, sino que se hace preciso comprobar en cada caso concreto las circunstancias concurrentes». Así, en el presente caso «no podemos considerar sobrepasado el dintel o umbral de la tipicidad penal que como hemos visto en cuanto a la cantidad de droga intervenida ha sido situado por nuestro alto tribunal en la cantidad de Heroína 0,66 mg / 0,00066 gr,. Cantidad que no sobrepasa la de 0,65 gr de heroína intervenida al aquí acusado».
En este sentido, la Audiencia expone que «la droga intervenida no supera la dosis mínima de consumo; además, el acusado no es ya porfortuna consumidor habitual, pero puede serlo ocasional; y no consta que tenga antecedentes de haber traficado con droga en prisión, donde lleva más de 16 años». Y por ello, dicta sentencia absolutoria respecto del acusado, con todos los pronunciamientos favorables.
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