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El expresidente del Parlament y actual conseller de Empresa, Roger Torrent recibe la felicitación de Pere Aragonès. EFE
El TSJC absuelve a Torrent y a los tres miembros de la anterior Mesa del Parlament

El TSJC absuelve a Torrent y a los tres miembros de la anterior Mesa del Parlament

Fueron juzgados por un delito de desobediencia al Tribunal Constitucional

cristian reino

Barcelona

Miércoles, 23 de noviembre 2022, 10:45

La sala civil y penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha absuelto por mayoría a los cuatro miembros independentistas de la anterior Mesa del Parlamento catalán, que fueron juzgados por desobediencia al Tribunal Constitucional. La resolución tiene un voto particular en sentido ... contrario. La Fiscalía pedía una condena de 20 meses de inhabilitación y una multa de 30.000 euros.

Roger Torrent, actual consejero de Empresa de la Generalitat; Josep Costa, exvicepresidente del Parlament; y los exvocales Eusebi Campdepadrós y Adriana Delgado estaban acusados de desobediencia grave, por haber ignorado presuntamente los avisos del Tribunal Constitucional y haber admitido a trámite y permitido el debate en un pleno de la Cámara catalana de 2019 propuestas de resolución, que reprobaban la monarquía y se comprometían a ejercer la autodeterminación.

Según la sentencia, no cometieron un delito de desobediencia por «carencia de mandato claro y específico a las providencias del Tribunal Constitucional de los días 10 y 16 de octubre de 2019». El tribunal de la sala civil y penal afirma que aquellas providencias permitían más de una interpretación. Y, por otro lado, la resolución señala que no ha quedado acreditado que los acusados tuvieran conocimiento y quisieran desobedecer los mandatos del Tribunal Constitucional.

Fueron imputados por tramitar dos mociones una semana después de la sentencia del Tribunal Supremo contra los líderes del 'procés'. Una afirmaba que el Parlament «reitera y reiterará tantas veces como quieran los diputados la defensa del derecho a la autodeterminación y la reivindicación de la soberanía del pueblo de Cataluña para decidir su futuro político» y la otra decía que el «Parlament reitera y reiterará tantas veces como lo deseen los diputados la reprobación de la monarquía».

Proclama política

Según la sentencia, «se puede entender» que lo que realmente estaba prohibido por el Tribunal Constitucional era continuar el proceso político de independencia iniciado en la resolución del 9 de noviembre de 2015 del Parlament y querer materializar o ejercer la autodeterminación, es decir, la secesión. Y en este caso, interpretan los jueces, «sencillamente solo se quería hablar de la autodeterminación como mera proclama política, de futuro, pero sin intención de materializarla». «Todo eso teniendo en cuenta las numerosas resoluciones del Tribunal Constitucional anterior al inicio del 'procés', que permitían hablar del derecho de decidir en abstracto», afirma la sentencia

El voto particular, en cambio, considera que fueron «responsables criminalmente de un delito de desobediencia». Entiende que fueron «advertidos de su obligación de abstenerse de realizar cualquier actuación tendente a dar cumplimiento a los incisos impugnados, así como de su deber de paralizar cualquier iniciativa, jurídica o material, que directa o indirectamente supusiera ignorar las sentencias del Constitucional». «La conducta de los acusados, en su condición de miembros de la Mesa, y por tanto funcionarios públicos puede cualificarse, sin género de dudas, de manifiestamente contumaz, obstinada, recalcitrante y persistente», afirma la magistrada Marta Pesqueira, firmante del voto particular.

Se trata de la segunda victoria en los tribunales del independentismo en solo una semana. La semana pasada, la sala penal del Tribunal Supremo anuló la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que condenó a cuatro exmiembros de la Mesa del Parlamento catalán por un delito de desobediencia por la tramitación de las leyes de la desconexión, en septiembre de 2017. Los cuatro dirigentes independentistas, Anna Simó, Ramona Barrufet, Lluís Guinó y Lluís Corominas fueron condenados a penas de inhabilitación de un año y 8 meses y una multa de 30.000 euros por un delito de desobediencia. Estos cuatro dirigentes nacionalistas (entonces de ERC y CDC) formaban parte de la Mesa que presidía Carme Forcadell, que fue condenada a once años de cárcel por un delito de sedición. Más tarde fue indultada por el Gobierno. Todos ellos permitieron la tramitación de las leyes del referéndum y de transitoriedad jurídica, previas a la celebración del referéndum ilegal del 1-O de 2017 y a la declaración unilateral de independencia del 27-O. El Supremo ordenó repetir el juicio en el TSJC, pues considera vulnerado el derecho a un tribunal imparcial de los acusados, debido a que dos de los jueces que integraron el tribunal habían exteriorizado ya en autos previos una toma de postura explícita acerca de cuestiones que constituyeron después objeto esencial del juicio.

Roger Torrent. EFE / ep

Torrent: «Es una buena noticia para las causas abiertas»

Roger Torrent defendió que su absolución y la de los miembros de la anterior Mesa del Parlament pueda servir «para causas abiertas y futuras mesas» de la Cámara catalana. El expresidente del Parlament expresóp su satisfacción por la absolución, no solo a nivel personal, sino también institucional: «Debe tener una lectura de carácter institucional. Es una buena noticia para el Parlament, para las causas abiertas y para futuras mesas», ha celebrado.

Sostuvo además que no puede ser que el órgano rector del Parlament tenga que llevar a cabo su actividad «bajo la espada de Damocles de la judicialización», tras lo que ha defendido la desjudicialización de la política.

«Hoy estamos satisfechos por la sentencia, pero defendemos el fin de la represión. Pedimos no solo que nos den la razón desde el punto de vista jurídico, sino que podamos ejercer los derechos políticos con tranquilidad y que no haya la amenaza permanente de la judicialización», reclamó Torrent.

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