Secciones
Servicios
Destacamos
A. Rallo
Valencia
Miércoles, 13 de diciembre 2023, 14:37
El Tribunal Supremo contaba fundamentalmente con dos opciones en el caso de Luis Ramírez Icardi, exmarido de Mónica Oltra, condenado a cinco años de cárcel por abusos a una menor. Una posibilidad era la repetición del juicio con un tribunal diferente, tal y como ha ... reclamado su defensa ante la Audiencia y el TSJ. La segunda opción consistía en la ratificación de la condena. El alto tribunal ha optado por esta segunda opción, según las fuentes consultadas por Las Provincias.
La decisión tiene una consecuencia directa e inevitable. Icardi, que trabajaba como monitor en un centro de protección dependiente de la Conselleria, tendrá que ingresar en la penitenciaría para cumplir su pena. No quedan recursos que puedan paralizar esta vía. El fallo del alto tribunal tiene, además, consecuencias en Mónica Oltra, exvicepresidenta del Consell y referente de Compromís. Un pronunciamiento favorable le habría facilitado el camino en la otra investigación que se sigue por un supuesto encubrimiento.
La resolución definitiva de este asunto ha sido de todo menos rápida. La primera condena al monitor fue de diciembre de 2019. Pero el TSJ ordenó la repetición parcial de la vista para incorporar un informe que beneficiaba al acusado. También en este caso fue ratificada la condena, que ahora, además, incluía duros reproches contra la actuación de la Conselleria de Igualdad. El TSJ respaldó este fallo en septiembre de 2021. El Supremo ha tardado más de dos años en fijar la fecha para la deliberación. En este lapso, la entonces vicepresidenta se vio obligada a abandonar la política tras su imputación y el coste político que empezaba a lastrar al Botánico.
La defensa del educador, que ejerce la abogada Ana Cal, planteó en su recurso la indefensión que han sufrido a lo largo de todo el procedimiento desde que sorpresivamente 'aparecieran' dos informes de la Conselleria de Igualdad tras la primera condena. Ambos documentos, en principio favorables al acusado porque atacaban la credibilidad de la víctima, están fechados dos años antes. Esta circunstancia, junto a otros factores, llevó a la Audiencia, la Fiscalía y el TSJ a reprochar con dureza la actuación del departamento que gestiona Oltra.
La abogada sostuvo que la Audiencia de Valencia evaluó la declaración de la víctima de forma ilógica y esa incriminación de la menor no es suficiente para fundamentar una condena. El testimonio de la adolescente se ha tratado de forma «obsequiosa y complaciente» y no se ha reparado en la supuesta intencionalidad de esa versión que era no regresar al centro de protección y vivir con la familia de su novio.
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
La proteína clave para la pérdida de grasa
El Comercio
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para registrados
¿Ya eres registrado?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.