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La multa de la DGT que te puede caer por ir en bici por la acera

La multa de la DGT que te puede caer por ir en bici por la acera

Está prohibido circular en bici por aceras y zonas peatonales, a no ser que esté señalizado como carril-bici de uso compartido con peatones

S. M.

Miércoles, 19 de octubre 2022, 14:43

La bicicleta es cada día más popular como medio de transporte en la ciudad. Así, montar en bici para ir al trabajo o a cualquier otro sitio se ha convertido en una alternativa para circular de manera saludable, económica y también responsable con el medioambiente.

No obstante, los ciclistas deben respetar unas normas de circulación que, en caso de no ser cumplidas, acarrearán una sanción del mismo modo que ocurre con otros vehículos a motor o con los propios patinetes.

Así, está prohibido circular en bici por aceras y zonas peatonales, a no ser que esté señalizado como carril-bici de uso compartido con peatones. Circular por la acera puede ser sancionado con 100 euros.

La recomendación de la Dirección General de Tráfico (DGT) es clara: «Por seguridad, en ciudad y en carretera, es siempre recomendable -no obligatorio- circular por los carriles bici siempre que estén disponibles».

Y otras normas y sanciones de la DGT para los ciclistas que debes tener en cuenta si no quieres que tu bolsillo se resienta son:

-Del mismo modo que ocurre con los coches y las motos, la tasa máxima de alcoholemia para los conductores en general (0.5 g/l de alcohol en sangre o de alcohol en aire espirado superior a 0.25 miligramos por litro) es exactamente igual para los ciclistas. Igualmente están obligados, como otros conductores, a someterse al test de alcoholemia si son requeridos por un agente. 500 a 1.000 euros, según la tasa y la reincidencia.

-En las bicicletas está permitido llevar un pasajero de hasta siete años de edad, siempre que vaya montado en un asiento adicional homologado y que el conductor sea mayor de edad. 100 euros.

Multas de 200 euros

-Siempre que sea de noche o se esté atravesando un túnel o paso inferior, los ciclistas deberán llevar las luces encendidas delante y detrás para ver y hacerse visibles.

-Además de la incorporación a la circulación, cuando se monta en bicicleta también es obligatorio señalizar las maniobras como los giros, los cambios de sentido y de carril. Las señales se pueden realizar tanto con el brazo derecho, extendiéndolo horizontalmente a la altura del hombro, como con el izquierdo, doblándolo en ángulo.

-El casco protector es obligatorio solo para los menores de 16 años, mientras que para los demás ciclistas es solo recomendable. Sin embargo, en carretera sí que es obligatorio para todos los ciclistas un casco de protección homologado, con tres excepciones: en subidas prolongadas, por razones médicas o con calor extremo.

-Al contrario de lo que muchos ciclistas piensan y de lo que pueda parecer, las bicicletas no tienen prioridad en los pasos de peatones. Es por eso que para cruzar por un paso de peatones, es obligatorio bajarse de la bicicleta y cruzarlo andando.

-Mientras se conduce una bicicleta está totalmente prohibido usar el teléfono móvil, además del uso de auriculares conectados a receptores o reproductores de sonido. Los auriculares limitan la capacidad auditiva y pueden provocar distracciones.

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