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La penalización a los contratos de menos de 30 días se eleva hasta los 30 euros

La penalización a los contratos de menos de 30 días se eleva hasta los 30 euros

Supone un 8% más que el año pasado, en línea con la subida del salario mínimo, y también tiene efectos retroactivos desde el 1 de enero

Viernes, 31 de marzo 2023, 14:19

El empresario tendrá que pagar por cada contrato de menos de 30 días que rescinda una penalización de 30 euros. La cotización adicional que deben pagar por la finalización de los contratos temporales de muy corta duración se ha elevado un 8% desde los actuales ... 27,53 euros hasta los 29,74 euros en 2023, es decir, 2,2 euros más. Esto se debe al aumento de las bases mínimas de cotización en línea con la subida del salario mínimo (SMI) que publicó este viernes el Boletín Oficial del Estado (BOE). Al igual que el SMI, se aplica con carácter retroactivo desde el 1 de enero.

Esta penalización se estableció en la reforma laboral aprobada en 2021 para combatir la temporalidad y la rotación laboral y se calcula en función de la base mínima de cotización diaria del grupo 8 (oficiales de primera y segunda), que al igual que el resto de bases mínimas se ha incrementado un 8% para 2023, mientras que las bases máximas se han elevado un 8,6%.

Esta sobrecotización empresarial por la realización de contratos de muy corta duración no se aplica a los contratos celebrados con trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios, en el Sistema Especial para Empleados de Hogar o en el Régimen Especial para la Minería del Carbón, ni tampoco a los contratos por sustitución, a los contratos para la formación y el aprendizaje ni a los contratos para la formación en alternancia.

Desde Seguridad Social sostienen que esta desincentivación está siendo todo un éxito ya que –según sus estimaciones– ha aumentado en 50 días la duración media del total de contratos que han causado baja desde la entrada en vigor de la reforma laboral en comparación con las cifras de 2019, antes de la pandemia. Lo que, en cambio, no se ha conseguido eliminar es el elevado número de bajas que hay el último día de mes, así como los viernes.

Nuevas bases mínimas

De este modo, la base mínima de cotización en contingencias comunes para ayudantes no titulados, oficiales, auxiliares administrativos y subalternos, oficiales, peones y menores de 18 años pasa de los actuales 1.166,7 euros a 1.260 euros mensuales con efecto retroactivo desde el 1 de enero, mientras que para los licenciados e ingenieros superiores se incrementa hasta los 1.759,5 euros; 1.459,2 euros para los ingenieros técnicos y peritos, y 1.269,3 euros para los jefes administrativos y de taller.

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