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Carlo Ancelotti se sentará el próximo miércoles a las diez de la mañana en el banquillo. Pero no será, como habitualmente, en el de un estadio de fútbol, sino en el banquillo de los acusados de la Sección 30ª de la Audiencia Provincial de Madrid en el juicio en el que se enfrenta a una petición fiscal de cuatro años y nueve meses de prisión. En esta vista oral el Ministerio Público acusa al entrenador del Real Madrid de haber defraudado al erario público 1.062.079 euros en los ejercicios fiscales de 2014 (386.361 euros) y 2015 (675.718 euros).
La Fiscalía mantiene intacta su petición de pena primigenia contra Ancelotti, tras haber descartado expresamente aplicarle la atenuante de reparación del daño a pesar de que Hacienda ha logrado recuperar el dinero supuestamente defraudó. Sin embargo, esto no fue fruto de un acuerdo con el entrenador italiano, sino mediante un embargo forzoso decretado por Hacienda a través del Real Madrid, que detrajo de las nóminas del Ancelotti el dinero demandado al técnico una vez que éste regresó al banquillo del equipo blanco en el verano de 2021.
En total, la Agencia Tributaria ya ha cobrado ya un total de 1.217.958,24 euros, pues además de las cantidades supuestamente defraudadas en los dos ejercicios, se aplicó un recargo de apremio de más de 243.000 euros y otros más de 47.000 euros por intereses. Al margen de estas cantidades, la Fiscalía, en el juicio de la próxima semana, le reclama dos penas de multa que ascienden a un total de 3.186.237 euros.
Básicamente, al técnico italiano se le imputan dos delitos contra Hacienda por no declarar el rendimiento correspondiente a la explotación de sus derechos de imagen, que cedió a «entidades carentes de actividad real» domiciliadas fuera de España, concretamente en Reino Unido y en las Islas Vírgenes, según el Ministerio Público.
En su escrito la Fiscalía indica que «con el fin de eludir la tributación por los rendimientos de dichos derechos de imagen», tanto los recibidos por el Real Madrid como de otras marcas por eventos varios, el preparador de Reggiolo acudió a un «complejo» y «confuso» entramado de fideicomisos y sociedades interpuestas para canalizar el cobro de los derechos de imagen.
Así, «simuló» la cesión de sus derechos de imagen a entidades «carentes de actividad real» y de capacidad de explotación que estaban domiciliadas fuera de España «persiguiendo así la opacidad de cara a la Hacienda Pública española y a la ocultación del beneficiario real de los rendimientos procedentes de sus derechos de imagen, de manera que ni él mismo ni ninguna de dichas sociedades tuviesen que tributar por las cuantiosas cantidades percibidas en España o fuera de nuestro país».
El acusado, como obligado tributario, presentó en plazo las declaraciones- autoliquidaciones correspondientes al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de los ejercicios 2014 (en fecha 27 de mayo de 2015) y de 2015 (en fecha 23 de junio de 2016), en las que, además de afirmar su condición de residente en España a efectos fiscales, y de reflejar como domicilio el sito en Madrid, consignó únicamente las retribuciones de trabajo personal percibidas del Real Madrid, «pero, con ánimo de eludir injustificadamente sus obligaciones con la Hacienda Pública, omitió todo rendimiento correspondiente a la explotación de sus derechos de imagen», según el Ministerio Público.
De esta forma le salieron las declaraciones con cuotas negativas y a solicitar y obtener de la Agencia Tributaria devoluciones por el supuesto exceso en su tributación, arrojando un saldo negativo de 39.575,17 euros en el ejercicio de 2014 (que serían devueltos el 14 de julio de 2015) y de 529.078,41 euros en el ejercicio 2015 (que fueron devueltos efectivamente al obligado tributario el 17 de agosto de 2016 por el erario público).
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