Secciones
Servicios
Destacamos
El alburno ('Alburnus alburnus') es un pez habitual en aguas continentales, especialmente arroyos y ríos, de regiones templadas en Europa. Aunque esta especie, que llega a vivir hasta 6 años, puede alcanzar los 25 centímetros de longitud en su madurez, es habitual encontrar ejemplares de menor tamaño.
La semana pasada, agentes de la Guardia Civil identificaron a un hombre residente en Palencia por transportar de forma ilegal alburnos vivos en Zamora. El motivo detrás de esta intervención es la condición de especie invasora de este pequeño pez. Y es que figura en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, lo que prohíbe su introducción en el medio natural al igual que su posesión, transporte, tráfico y comercio. Por este motivo transportar este animal vivo es ilegal.
Sin embargo, «la pesca de este animal en competiciones deportivas o, simplemente, por afición, está permitida, aunque implica de forma obligatoria el sacrificio», según comparte Carlos Campelo, presidente de la Federación de Pesca y Casting de Castilla y León. En caso de captura, tampoco está permitida la devolución de ejemplares vivos al agua, sin limitaciones en cuanto a la talla, como sí existe con otras especies.
Según comparte Campelo, un caso similar es el de la carpa: «Antes de 1986, se trataba de una especie alóctona en ciertas zonas. Sin embargo, se ha utilizado para repoblar otras áreas donde nunca ha existido».
Los alburnos se introdujeron en España inicialmente en 1992 de forma ilegal como «pez pasto», es decir, con el fin de alimentar a otras especies exóticas invasoras, especialmente el lucio o el blackbass. En la actualidad puede encontrarse en todas las grandes cuencas hidrográficas de la Península así como en ciertas cuencas menores del Mediterráneo, según recoge el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras.
En cuanto a su proliferación en Castilla y León, también existen zonas donde esta especie se ha introducido ilegalmente, suponiendo un peligro para los ejemplares autóctonos y los ecosistemas. Precisamente, Valladolid y Zamora son algunas de las regiones donde más abundan: «Se trata de una especie muy habitual en los escenarios deportivos de San Miguel del Pino y Castronuño, dos de las áreas donde más competiciones realizamos desde la Federación de Pesca y Casting de Castilla y León», afirma Campelo.
Los alburnos son una especie que se expande con muchísima facilidad y se mueven por bancos: «En uno de nuestros últimos campeonatos de pesca en agua dulce, -en los cuales los peces deben pesarse aunque posteriormente se devuelvan posteriormente aquellas especies no invasoras-, hay aficionados que pueden llegar a atrapar unos 10 o 12 kilogramos de alburnos, unos 1.000 ejemplares», comparten desde la Federación de Pesca y Casting de Castilla y León.
De hecho, ya desde el primer año de edad es capaz de reproducirse con una alta fecundidad; sus puestas pueden ser de entre 100 y 2.000 huevos, lo que favorece su existencia en altas densidades.
Pero, ¿por qué puede llegar una persona a reintroducir en otro hábitat una especie como el alburno, cuyo rédito económico es prácticamente nulo? Para ello, Campelo explica el ejemplo del Embalse de Barrios Luna en León. «En este pantano de alta montaña existen ejemplares de carpas porque las han introducido pescadores que les interesa ir a atraparlas allí sin la necesidad de buscarlas en otras zonas».
Algo similar podría ser el motivo que lleva a ciertos aficionados a cometer esta irresponsabilidad con los alburnos. «La gente no tiene conciencia con lo que está haciendo, ya que estos comportamientos pueden llegar a destrozar ecosistemas», afirma el presidente de la Federación de Pesca y Casting de Castilla y León. «Introducir especies de este tipo es muy preocupante, ya que pueden regular a las especies autóctonas hasta, en muchos casos, hacerlas desaparecer por completo».
En caso de suelta en vivo al agua, los infractores podrían estar ante una sanción grave contemplada en la Ley 9/2013 de Pesca de Castilla y León (Artículo 76.16), lo que podría suponer multas de entre 2.001 y 10.000 euros; así como la posibilidad de retirada de pesca e inhabilitación para obtenerla durante un período de entre uno y dos años.
Por otro lado, retener vivos, durante el ejercicio de la pesca, ejemplares de especies pescables cuando no esté expresamente autorizado es considerado infracción menos grave, cuya multa se comprende entre los 200 y los 2.000 euros.
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
La proteína clave para la pérdida de grasa
El Comercio
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para registrados
¿Ya eres registrado?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.